La Comisión de Gobierno del Senado realizó una vista pública para indagar la viabilidad del Proyecto del Senado 1451 que propone crear la “Ley Especial de Retiro Incentivado de Empleados Esenciales”.
“Hablamos de una medida que pudiera beneficiar a 128 mil empleados, y más del 30 por ciento no se podría acoger a ello por el costo de vida, a pesar de que la legislación es clara”, indicó el senador y presidente de la Comisión, Ramón Ruíz Nieves.
Según la Autoridad de Asesoría Financiera y Agencia Fiscal (AAFAF) y la Junta de Retiro, el Gobierno se encuentra impedido de “adoptar, implementar o hacer cumplir cualquier estatuto, resolución, política o regla que pueda menoscabar o anular los propósitos de PROMESA”.
La ponencia conjunta de ambas agencias del gobierno destaca que la Ley 80 fue invalidada por el Tribunal Federal de Distrito por no ser compatible con las disposiciones de PROMESA. Lo aprobado por los empleados que ocuparan puestos catalogados como no esenciales fue un acuerdo de implementación parcial del Programa basado en las negociaciones entre el Gobierno y la Junta de Supervisión Fiscal.
“La estipulación final es meridianamente clara establecer que la participación en la implementación parcial del Programa será exclusivamente limitada a aquellos empleados que se incluyeron en el listado final aprobado por la JSF”, lee la ponencia de la AAFAF y la Junta de Retiro.
Por su parte, el subdirector de la Oficina de Administración y Transformación de los Recursos Humanos del Gobierno de Puerto Rico (OATRH), Gustavo R. Cartagena Caramés, considera que “antes de tomar cualquier determinación, deberían expresarse sobre la intención de la presente pieza legislativa, los organismos con funciones inherentes al análisis del presupuesto y su impacto en el erario.” Además, recomendó cotejar con la Oficina de Presupuesto de la Asamblea Legislativa (OPAL) la viabilidad e impacto fiscal de lo propuesto en el Proyecto del Senado.
Cartagena Caramés, resaltó el efecto en el presupuesto general de los gastos delineados para el Gobierno por su relación directa con el propósito, impacto fiscal y disposiciones del proyecto.
“A pesar de nuestro apoyo a la medida, según antes referenciado, damos deferencia a la opinión que los referidos organismos puedan emitir sobre el mismo”, comentó Cartagena Caramés.
Asimismo, el director ejecutivo de la Junta de Retiro, Luis M. Collazo Rodríguez, resaltó que “la aprobación del PS 1451 tendría un impacto presupuestario incremental, el cual no ha sido evaluado adecuadamente […] la aprobación de la medida podría implicar una potencial violación de lo establecido en la restipulación final sobre la implementación parcial del Programa basado en la anulada Ley 80″.
Según Collazo Rodríguez, la medida debe estar acompañada por un informe de impacto fiscal preparado por OPAL conforme a la Ley 1-2023 y el Plan Fiscal certificado, lo que coincide con lo planteado por la OATRH.
La Estipulación Final, el Plan de Ajuste de Deudas y el Plan Fiscal levantaron los interrogantes en relación a la aprobación de la medida ya que consideraron los riesgos financieros asociados con la implantación del proyecto, así como la falta de un análisis exhaustivo del impacto presupuestario y económico.
La Comisión acogió los comentarios de los deponentes y solicitarán a la OPAL una evaluación en cuanto al impacto fiscal planteado.