Faltan 17 días para que termine el plazo establecido por la Ley del Bono de Navidad para Trabajadores y Empleados de la Empresa Privada, el cual garantiza la bonificación navideña para el personal de entidades no gubernamentales en el archipiélago.
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La iniciativa Ayuda Legal Puerto Rico tiene un su página web una guía sobre los derechos para obtener dicho beneficio.
La organización enfatizó que el bono constituye un “derecho laboral” protegido y establecido por la Ley Núm. 148 y aclaró que su entrega no debe interpretarse como un “regalo” por parte del empleador.
De la misma forma, subrayó que el beneficio corresponde tanto a empleados a tiempo completo como a tiempo parcial que cumplan con un número específico de horas trabajadas durante el período comprendido entre el 1 de octubre de un año y el 30 de septiembre del año siguiente. No obstante, la cantidad de horas requeridas y el monto varían según la fecha de inicio del contrato laboral, ya sea antes o después de la aprobación de la Reforma Laboral del 26 de enero de 2017.
En caso de los empleados que comenzaron antes de la Reforma Laboral deben trabajar al menos 700 horas, mientras que aquellos contratados después del 26 de enero de 2017 deben cumplir con 1,350 horas para ser elegibles.
Para los trabajadores de empresas privadas, los patronos tienen hasta el 15 de diciembre para pagar el bono, aunque, si ambas partes lo acuerdan, el pago puede realizarse en una fecha distinta.
En esa misma línea, Ayuda Legal, quienes se dedican a promover el acceso a la justicia en Puerto Rico a través de información legal abierta y accesible, abundó que los patronos no pueden decidir, por sí mismos, que no van a pagar el bono o que van a pagar menos.
“Los patronos pueden solicitar ante el Departamento del Trabajo una exención para no pagar el bono o pagarlo parcialmente. Para ello, es necesario que el patrono demuestre que no tiene la capacidad económica para pagar el bono sin exceder el límite de 15% de las ganancias netas anuales”, abundó la entidad en su portal web.
Los contratistas independientes, los empleados en actividades agrícolas, el servicio doméstico, las instituciones caritativas y aquellos cubiertos por un convenio colectivo que ofrezca beneficios superiores a los establecidos en la Ley Núm. 148 no tienen derecho a recibir el bono navideño.
El martes, el gobernador de Puerto Rico, Pedro Pierluisi, anunció que el pago del Bono de Navidad para los empleados del gobierno y explicó que los servidores públicos recibieron 1,000 dólares.
Pierluisi detalló que este pago se compone de 600 dólares, establecido por ley, y un bono adicional de 400 dólares proveniente del Plan de Ajuste de la Deuda (PAD).
“Gracias a la responsabilidad fiscal de esta administración, no solo hemos podido cumplir con el bono de Navidad establecido por ley, sino también ofrecer un bono adicional, contribuyendo al bienestar económico de nuestros trabajadores y sus familias en esta temporada navideña. Esto es una muestra más de nuestro compromiso de retribuir el esfuerzo y dedicación de cada uno de los servidores públicos”, expresó el gobernador en declaraciones escritas.