El representante Víctor Parés Otero cuestionó, durante una Vista Pública de la Comisión de Gobierno de la Cámara de Representantes, la necesidad del Proyecto de la Cámara 268, que propone enmendar la Ley de Transformación y Alivio Energético (Ley 57-2014) para aumentar las multas impuestas a operadores privados y garantizar su cobro efectivo.
“Lo que me da mi planteamiento es que el Negociado ahora va a tener mucho más fuerza para ejercer sus funciones de su rol, que por ley tiene que fiscalizar. No estoy investigándolo ni atacándolo, aunque espera que el otro término provoque, porque la percepción que hemos tenido todos es que tenemos y ha sido, es que el Negociado ha sido poco efectivo en poder ejercer una función que por ley tiene”, cuestionó Parés.
A esto, el presidente del Negociado de Energía (NEPR), Edison Avilés, no tuvo la oportunidad de responder. Sin embargo, enfatizó que la aplicabilidad de estas sanciones es fundamental para mejorar el desempeño de los operadores en el sistema eléctrico.
“Tiene como propósito aumentar el monto de las multas que el negocio de energía puede imponer por violaciones a las leyes y reglamentos que está facultado para implementar, así como por el incumplimiento a las entidades bajo su jurisdicción, a las leyes y resoluciones que emitan […] Permitir un verdadero disuasivo es fundamental para incentivar mejoras en el desempeño”, sostuvo.
El presidente del NEPR también detalló que las multas deberán ser cubiertas con fondos propios de las empresas sancionadas y no podrán ser trasladadas a la tarifa que pagan los consumidores.
“Se establece que al imponer una multa, el negocio de energía podrá ordenar que cualquier entidad del gobierno de Puerto Rico que tengan acreencias a favor de las entidades en cuanto a las cuales se imponga la multa, deposite los fondos con el negocio o energía hasta cubrir el monto de la penalidad. Una vez la sanción sea final y firme, el negocio de energía podrá cobrar el uso de estos fondos”, indicó.
Según expresado en la ponencia del Negociado, se propone aumentar las sanciones hasta un máximo de $250,000 en caso de reincidencia, eliminando el tope de $500,000 que existía previamente. Además, se plantea que el incumplimiento grave de las regulaciones pueda ser considerado un delito.