El Negociado de Energía de Puerto Rico (NEPR) declaró ha lugar una solicitud presentada por la Oficina Independiente de Protección al Consumidor (OIPC) en representación de la empresa DietHome.com a la cual la empresa LUMA le facturó sobre 40 mil dólares por servicio eléctrico.
Según el informe, el NEPR determinó que la empresa LUMA Energy solo podrá cobrar retroactivamente aquellas facturas que estén comprendidas dentro del término máximo de 120 días a partir de la expedición de las facturas por concepto de consumo de energía eléctrica para notificar a los clientes de errores de cálculo de los cargos, incluyendo errores en cargos estimados.
La decisión del Negociado responde al caso de Diet Home, reportado en primicia por Metro Puerto Rico, una pequeña empresa puertorriqueña que impugnó un cobro retroactivo de $42,772.41, logrando que se limitara a un periodo máximo de 120 días, conforme establece la nueva ley.
En el informe, el NEPR ordenó a la empresa LUMA Energy a aplicar de forma retroactiva las protecciones de la Ley 36-2024 que protege a los comerciantes de cobros injustos en la facturación por el servicio eléctrico.
En enero, una investigación del NEPR, concluyó que para el año 2023 LUMA Energy estimaba —en promedio mensual— la facturación de sobre 17 mil clientes comerciales e industriales y les cobraba de forma retroactiva sin limitaciones, algo que cambió desde enero del 2024 cuando entró en vigor una ley que limita hasta 120 días el período de cobro retroactivo.
Según el informe con fecha del 27 de enero del 2025, el NEPR ordenó a LUMA que actualice sus procesos y contadores para reducir el número de facturas comerciales estimadas, que comunique efectivamente la entrada en vigor de la Ley 36-2024 y que adopte guías o reglamentación para regular todo lo relacionado a la reconciliación de facturas, inclusive visitas de campo.
La Ley 36-2024, extiende a clientes comerciales, industriales e institucionales las mismas protecciones que ya aplicaban a clientes residenciales, evitando que los ajustes en la facturación por errores administrativos excedan 120 días desde la emisión original de la factura.
En el informe donde se ordena la aplicación de la Ley se cita que: “La Autoridad (LUMA) contará con un término máximo de 120 días a partir de la expedición de las facturas por concepto de consumo de energía eléctrica para notificar a los clientes de errores de cálculo de los cargos, incluyendo errores en cargos estimados. Una vez concluido dicho término, la Autoridad no podrá reclamar a ninguno de sus clientes, incluyendo residenciales, comerciales, industriales o cualquier otra clase de cliente, cargos retroactivos por concepto de errores en el cálculo de los cargos, tales como aquellos de índole administrativo, operacional o de la lectura errónea de los contadores de consumo de electricidad o errores estimados de facturación a sus clientes”.
Reacción del Centro Unido de Detallistas
El presidente del Centro Unido de Detallistas (CUD), Ramón C. Barquín III, celebró la determinación del Negociado de Energía de Puerto Rico que obliga a LUMA Energy a aplicar de forma retroactiva las protecciones contra cobros injustos en la facturación, establecidas en la Ley 36-2024.
“Esta decisión representa una victoria significativa para los empresarios locales, quienes por años han enfrentado desafíos con las prácticas de facturación de la empresa operadora del sistema eléctrico.
El Dr. Ramón C. Barquín III, presidente del CUD, expresó su apoyo a esta determinación, enfatizando la importancia de que los pequeños y medianos empresarios cuenten con garantías que los protejan de facturaciones erróneas que puedan comprometer la estabilidad financiera de sus negocios.
“Esta decisión reafirma que los comerciantes no pueden seguir siendo penalizados por errores administrativos ajenos. La carga de corregir errores en la facturación no puede recaer sobre los hombros de quienes, con esfuerzo y compromiso, mantienen sus negocios operando en un entorno ya altamente retador. Aplaudimos la determinación del Negociado de Energía y hacemos un llamado a la supervisión rigurosa del cumplimiento de esta medida para garantizar que se aplique de manera justa y efectiva”, sostuvo Barquín.
Además, el CUD exhortó a los empresarios afectados a documentar y reportar cualquier irregularidad en su facturación.