Saturday, November 23, 2024
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Secretario del Trabajo reafirma que patronos deben seguir pagando el mínimo de $10.50 la hora tras decisión del tribunal

El secretario del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos (DTRH), Gabriel Maldonado González, reafirmó que la implementación del salario mínimo de $10.50 la hora debe continuar en vigor tras la determinación del Tribunal de Primera Instancia de San Juan que desestimó un recurso legal que busca impedir el aumento en la paga.

A pesar de la posibilidad de un recurso de apelación, el titular del Trabajo, insistió en que los patronos deben continuar el pago de $10.50 a sus empleados.

“En la tarde de hoy el Tribunal de Primera Instancia desestimó la demanda instada por varias organizaciones que agrupan patronos del sector privado, cuya intención era detener el más reciente aumento al salario mínimo estatal. Aunque este dictamen está sujeto a posibles solicitudes de reconsideración y procesos apelativos, por lo cual todavía no es final y firme, su efecto inmediato es que se mantiene en vigor el salario mínimo estatal de $10.50 que entró en vigor el 1 de julio de 2024. Exhortamos a todos los patronos del sector privado a quienes les aplica la Ley Núm. 47-2021 a que cumplan con el mandato legislativo, ya que su incumplimiento con el pago del salario mínimo aplicable puede conllevar responsabilidad civil, multas y penalidades”, expresó el secretario.

Esta tarde el juez de primera instancia desestimó la demanda radicada por la Cámara de Comercio de Puerto Rico, la Asociación de Comercio al Detal (Acdet), la Asociación de Industriales (AIPR), la Cámara de Mercadeo, Industria y Distribución de Alimentos (MIDA), la Asociación de Restaurantes (Asore) y la Asociación de Hoteles y Turismo de Puerto Rico.

“La Comisión (sobre el Salario Mínimo) no debía tener mayoría para determinar que procedía el aumento a $10.50/hr, ya que estos solo tenían capacidad de hacer una variación al aumento mediante decreto. La ley estableció el aumento para el 1 de julio de 2024″, lee la determinación del juez, al aceptar la solicitud del gobierno de desestimar la demanda. Los demandantes reclamaban que la determinación de la Comisión debía contar con cinco votos.



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